FPC

Gobierno cambia decreto para que vuelva el FPC en medio del COVID-19

Era de las grandes dificultades para que se empiece a pensar en una fecha para reactivar el balompié nacional.

decreto para que vuelva el FPC en medio del COVID-19 Cortesía, Instagram presidente Iván Duque / Cortesía / Archivo Getty Images

Se siguen dando pasos de cara al regreso a las canchas, por lo menos para que se active el famoso protocolo del fútbol presentado por Federación Colombiana de Fútbol y Dimayor al Ministerio del Deporte y que ya pasó por la aprobación del Ministerio de Salud. Y en la noche del domingo 14 de junio se conoció que el Gobierno Nacional modificó el decreto para que vuelva el FPC en medio del COVID-19, que era el 749.

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Este documento fue expedido en los últimos días de junio de 2020 y se empezó a implementar el 1 de junio del mismo año. Teniendo en cuenta la situación con la pandemia a nivel nacional, para así aplicar algunas restricciones y otras muchas excepciones, pero puntualmente sobre las actividades en sitios de práctica deportiva no permitía su uso o autorización.


Gobierno cambia decreto para que vuelva el FPC en medio del COVID-19

A continuación citamos puntualmente el texto, que fue aprobado por todas las autoridades del país, y que fue anunciado de forma oficial en la página de la Presidencia de la República. Pues obviamente de esto tuvo conocimiento el presidente Iván Duque y era algo que impedía que las aprobaciones del Ministerio del Deporte y el Ministerio de Salud fueran aprobadas por el Ministerio del Interior:

“Las actividades no permitidas

El Decreto 749, asimismo, hace referencia a siete actividades que “en ningún caso” serán permitidas en el marco del Aislamiento Preventivo, a partir del primero de junio.

Entre estas actividades están los “eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones que expida el Misterio de Salud y Protección Social”.

Tampoco se permiten “los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, bares, discotecas, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video”.

Con relación a los establecimientos y locales gastronómicos señala que permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, por entrega a domicilio o por entrega para llevar.

De la misma forma, no puede haber actividades en “gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles”.

Este listado también incluye cines y teatros, la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

Finalmente, sostiene que no estarán permitidos los servicios religiosos que impliquen aglomeraciones o reuniones”

Pues esto se aplicó hasta el domingo 14 de junio, porque se ha conocido que ahora serán los alcaldes y autoridades locales los que tendrán como responsabilidad autorizar muchos temas, dependiendo de las situaciones en los sitios en los que gobiernan. Y puntualmente sobre el deporte se indica que:

“El Gobierno Nacional expidió este domingo 14 de junio el Decreto 847, por medio del cual se modifica el Decreto 749 del 28 de mayo, que ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio en todo el territorio colombiano, desde las cero horas del 1° de junio hasta las cero horas  del 1° de julio de 2020, en el marco de la Emergencia Sanitaria por causa del coronavirus covid-19.

Entre otros aspectos, la norma señala que los alcaldes de los municipios y distritos que en su jurisdicción tengan aeropuertos o aeródromos podrán solicitar al Ministerio del Interior, al Ministerio de Transporte y a la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil la autorización para implementar planes piloto en el transporte doméstico de personas por vía área.

En tal sentido, el Decreto 847, firmado por el Presidente Iván Duque Márquez y los 18 ministros de su gabinete, específica que “la autorización que otorgarán el Ministerio del Interior, el Ministerio de Transporte y la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil procederá previa recomendación del Ministerio de Salud y Protección Social”.

La norma también señala que es primordial que tanto los municipios de origen como los de destino hayan hecho la respectiva solicitud “y se cumplan los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud”.

Deporte y cultura

El Decreto 847 es enfático en que no se podrán habilitar espacios o actividades presenciales relacionadas con “la práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto”.

También indica que las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales y de alto rendimiento.

En materia cultural, señala que los teatros serán únicamente utilizados para realizar actividades creativas, artísticas de las artes escénicas, sin que en ningún momento se permita el ingreso de público o la realización de actividades grupales que generen aglomeración”

Pero como bien lo indica el texto que modifica el decreto para que vuelva el FPC en medio del COVID-19, las autoridades locales pueden pensar considerar algo diferente y en ciudades como Bogotá, Cali y Barranquilla, con emergencias mucho más altas y preocupantes, podrían no aceptar este tipo de medidas.


Por ahora es oficial que desde la presidencia de Colombia modificaron el decreto para que vuelva el FPC en medio del COVID-19 y ahora habrá que esperar que el Ministerio del Interior apruebe el protocolo del fútbol, lo haga igual Iván Duque desde presidencia y se de el camino de vuelta para que los entes del fútbol comiencen su aplicación.

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