Tanto Deportes Tolima como Millonarios interpusieron recursos de reposición buscando rebajar sus respectivas sanciones por la sonada agresión al jugador Daniel Cataño en el estadio Manuel Murillo Todo de la ciudad de Ibagué.
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El cuadro Pijao recibió una sanción de 4 fechas y el futbolista una de 3, por agredir de vuelta al aficionado que ingresó al campo.
Mediante la resolución 009 de 2023, el Comité Disciplinario del Campeonato le negó el recurso a ambos clubes que deberán cumplir las sanciones iniciales.
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Negada la reposición de Deportes Tolima
Artículo 7°.-Recurso de reposición en subsidio de apelación formulado por el Club Deportes Tolima S.A.(“Tolima”) contra el artículo 1º de la Resolución No. 008 de 2023, mediante el cual fue sancionado con cuatro (4) fechas de suspensión total de la plaza y multa de doce millones setecientos sesenta mil pesos ($12.760.000) por incurrir en la infracción descrita en los numerales 1, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del artículo 84 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol(en adelante “CDU de la FCF); en el partido programado por la 4ª fecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2023, contra el Club Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A.
V. RESUELVE:
1. No reponer la decisión contenida en el artículo 1º de la Resolución No. 008 de 2023; por las razones expuestas en la presente providencia.
2. Conceder el recurso de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la DIMAYOR.
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Negada la reposición de Millonarios a la sanción de Daniel Cataño
Artículo 8°.-Recurso de reposición formulado por el club Azul & Blanco Millonarios F.C.S.A.(“Millonarios”) contra el artículo 2º de la Resolución No. 008 de 2023, mediante el cual fue sancionado el señor Daniel Felipe Cataño, jugador del registro del Club, con tres (3) fechas de suspensión total de la plaza y multa de seiscientos dieciocho mil seiscientos sesenta y seis pesos ($618.666) por incurrir en la infracción descrita en el literal d) del artículo 63 del CDU de la FCF, en el partido programado por la 4ªfecha de la Liga BetPlay DIMAYOR I 2023, contra el Club Deportes Tolima S.A
V. RESUELVE:
1. No reponer la decisión contenida en el artículo 2º de la Resolución No. 008 de 2023; por las razones expuestas en la presente providencia.
2. Conceder el recurso de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la DIMAYOR.